SALTA, ARGENTINA.- En los últimos años, la provincia norteña de Salta, una de las más católicas de Argentina, avaló por ley que en sus escuelas públicas se rezase al inicio de las clases y que la religión formase parte del plan de estudios.
La Corte Suprema de Justicia declaró este martes (12) inconstitucional la norma salteña por considerar que discrimina y viola la privacidad, tal y como habían denunciado un grupo de padres.
En su fallo, difundido por el Centro de Información Judicial, la Corte “consideró probado que es habitual la enseñanza y la práctica de la catequesis de un solo culto (el católico apostólico romano)”. Para los jueces, “la norma cuestionada, al incluir la educación religiosa en horario escolar, dentro del plan de estudios y con el aval de la respectiva autoridad religiosa, favorece conductas discriminatorias hacia los niños y niñas que no integran el grupo religioso predominante ni ningún otro, generando, de este modo, mayor desigualdad”.
El máximo tribunal argentino exhortó a las autoridades provinciales a garantizar el cese de los ritos religiosos durante la jornada escolar y a adaptar la curricula escolar.
También invalidó la obligación de los padres de manifestar si desean que sus hijos reciban educación religiosa.
Torcuato Sozio, titular de la Asociación de Derechos Civiles (ADC), que se presentó con los padres como querellante contra la provincia de Salta, admite que el fallo está limitado a la provincia de Salta y no alcanza a otras regiones con leyes educativas similares, como Catamarca y Tucumán, también en el norte.
En Salta capital, casi 1.400 kilómetros al noroeste de Buenos Aires, se registraron en los últimos meses marchas a favor y en contra de la educación religiosa.
La educación pública en Argentina debe ser laica. La decisión se remonta a 1884. Hace 133 años, el país suramericano aprobó la ley 1420, el pilar sobre el que se construyó su sistema escolar público, gratuito y obligatorio y que definió que la enseñanza religiosa debía ser optativa, contar con autorización paterna y dictarse fuera del horario escolar.
[ Fuente: El País ]