BRASIL.- El debate sobre el derecho de las escuelas públicas a continuar ofreciendo enseñanza religiosa confesional (sólo una religión) o interconfesional (varias creencias) ya llevaba un mes en el Supremo Tribunal Federal de Brasil.
El miércoles (6) por 6 votos a 5 se decidió que la prática fuera a Constitución. Votaron a favor los ministros Alexandre de Moraes, Dias Toffoli, Luiz Fachin, Gilmar Mendes, Ricardo Lewandowski, votaron a favor.
Luís Roberto Barroso (el relator), Rosa Weber, Luiz Fux, Marco Aurelio Mello y Celso de Mello, eran contrarios.
Con el empate, le tocó a la presidenta del Supremo Carmen Lúcia dio el voto decisivo. Recordó que el Estado es laico, pero reconoció los beneficios de las entidades religiosas, apuntando a las normas constitucionales que prevén asistencia religiosa en hospitales y cárceles.
“No consigo vislumbrar en las normas autorización para el proselitismo, para el catequismo, para la imposición de sólo una religión, o cualquier religión, pero tampoco veo en los preceptos cuestionados prohibición de que se permita ofrecer facultativamente enseñanza religiosa cuyo contenido se oriente por determinados principios”, aseguró al declarar el voto que desencadenó la disputa.
La Fiscalía General de la República, autora de la acción pedía que la enseñanza religiosa se limitase a la modalidad no confesional (con clases de historia de la religión o sociología de la religión, por ejemplo). El gobierno de Temer, representado por la Abogacía General de la Unión, ya se había posicionado a favor de la enseñanza confesional.
Se mantiene la previsión constitucional de la enseñanza religiosa en las escuelas públicas, pero la participación de los alumnos es facultativa. No habrá diferencia significativa en el contenido a ser administrado.